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Exenciones I-601 e I-601A: Soluciones para superar la inadmisibilidad

Recibir la noticia de que se le considera «no admisible» en Estados Unidos puede resultar muy angustiante. Significa que, según la ley de inmigración, no podrá obtener la residencia permanente ni ciertas visas a menos que primero obtenga una dispensa. En Abogada Vida, acompañamos a las familias durante este difícil proceso y luchamos por demostrar la situación de necesidad que les permita obtener dicha dispensa, para que puedan continuar su nueva vida juntos en Estados Unidos.

¿Qué es la exención I-601?

El formulario I-601 se utiliza cuando una persona solicita una visa de inmigrante o un cambio de estatus, pero se determina que no cumple con los requisitos por ciertas razones, como infracciones migratorias previas o antecedentes penales.

Para que la solicitud sea aprobada, debe demostrar que la denegación causaría una grave dificultad para el cónyuge o padre/madre estadounidense o residente legal del solicitante. Este requisito es muy estricto y requiere una documentación exhaustiva y argumentos legales sólidos.

¿Qué es la exención provisional I-601A?

El formulario I-601A está diseñado para personas que no pueden ingresar a Estados Unidos únicamente por estar en situación migratoria irregular. Este formulario permite presentar la solicitud antes de salir del país para la entrevista consular, lo que reduce el tiempo de separación de la familia.

Al igual que con el formulario I-601, debe demostrar que la denegación de su solicitud causaría una situación de extrema dificultad para un familiar calificado. La principal ventaja del formulario I-601A es que no tiene que esperar a la decisión fuera de Estados Unidos.

Por qué estas exenciones son importantes

Sin una exención, muchas personas no pueden avanzar en su proceso de inmigración. Con una exención aprobada, se supera el principal obstáculo y se puede continuar con el proceso para obtener la residencia legal.

¿Cómo ayuda Abogada Vida?

Estos trámites de exención son de los más complejos en materia de derecho migratorio. En Abogada Vida, le ofrecemos los siguientes servicios:

Evaluación de elegibilidad: Analizamos si cumple con los requisitos para solicitar una exención I-601 o I-601A y le asesoramos sobre la mejor opción.

Recopilación de documentación: Le ayudamos a reunir declaraciones juradas, informes médicos, documentación financiera y dictámenes periciales para demostrar la situación de extrema dificultad.

Estrategia legal: Elaboramos un expediente sólido que destaque el impacto en la vida de su familiar ciudadano estadounidense o residente permanente.

Tramitación y seguimiento: Nos aseguramos de que su solicitud se presente correctamente, respondemos a las solicitudes de información adicional y damos seguimiento a su caso hasta obtener una resolución.

Apelaciones y nueva solicitud: En caso de denegación, le asesoramos sobre cómo presentar una apelación o una nueva solicitud con documentación más completa.

Convertir las barreras en oportunidades

En Abogada Vida comprendemos lo devastador que resulta saber que se le ha denegado la entrada al país. Sin embargo, también sabemos que las exenciones ofrecen una segunda oportunidad: una vía para superar este obstáculo y continuar con su proceso migratorio.

Si a usted o a algún familiar se le ha denegado la entrada, no pierda la esperanza. Contacte hoy mismo a Abogada Vida para averiguar si una exención I-601 o I-601A puede abrirle las puertas a una nueva vida en Estados Unidos.

Aviso legal: La información aquí proporcionada tiene fines meramente informativos y no constituye asesoría legal. La legislación migratoria es compleja y está en constante evolución. Para obtener asesoría personalizada según su situación particular, consulte directamente con nuestro abogado experto de Abogada Vida.

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